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viernes, 6 de julio de 2018

PERMISO DE PATERNIDAD

Nuevo permiso de paternidad

Estas son las modificaciones que se han establecido en la Ley:
  • El nuevo artículo 48.7 del Estatuto de los Trabajadores establece que la suspensión será de 5 semanas (es decir, se añada una más de las que ya estaban establecidas).
Los requisitos y plazos son los mismos, excepto que la última semana puede cogerse de manera ininterrumpida (es decir, unida a las 4 semanas) o independiente hasta los 9 meses del nacimiento o de la resolución judicial o administrativa (siempre que exista acuerdo entre la empresa y el trabajador/otro progenitor o progenitora). Si se quiere utilizar esta última forma, debe decidirse al inicio del periodo de suspensión, y por tanto indicarse en el documento que se entrega a la seguridad social solicitando la suspensión del contrato por paternidad.
  • El nuevo artículo 49 c) del Estatuto Básico del Empleado Público establece que la suspensión será de 5 semanas (es decir, una más de las que ya estaban establecidas).
Al igual que en el caso anterior, la última semana podrá ser disfrutada independientemente del resto, dentro de los 9 meses siguientes al nacimiento, resolución judicial o decisión administrativa, siempre y cuando se lo autorice la Administración en la que preste servicios el trabajador o el progenitor o progenitora, previa solicitud y en los términos previstos en su normativa. También se establece en la nueva normativa, que la suspensión por paternidad pueda ser disfrutada durante todo el periodo de suspensión del contrato por maternidad, siempre que así se solicite.

Esta nueva suspensión del contrato por paternidad entrará en vigor mañana día 5 de julio y afectará a los nacimientos que se produzcan a partir de ese día.

martes, 29 de agosto de 2017

Adaptación de la regulación de las vacaciones, los permisos y las licencias del Decreto 59/2013. Modificación de la orden.

    • ORDEN EDU/693/2017, de 18 de agosto, por la que se modifica la Orden EDU/423/2014, de 21 de mayo, por la que se establece la adaptación de la regulación de las vacaciones, los permisos y las licencias del Decreto 59/2013, de 5 de septiembre, para el personal funcionario docente de las enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en los centros públicos y servicios de apoyo a los mismos, dependientes de la Consejería competente en materia de Educación.

    lunes, 16 de enero de 2017

    CCOO considera restrictiva la interpretación del INSS sobre ampliación del permiso de paternidad

    Con motivo de la entrada en vigor de la ampliación a cuatro semanas de la suspensión del contrato de trabajo por paternidad el pasado 1 de enero, y ante la interpretación restrictiva que el INSS está haciendo de su reconocimiento, el Gabinete Jurídico de CCOO ha elaborado un informe explicando los detalles técnicos a tener en cuenta en esta prestación, y ofreciendo su asesoramiento a las personas afectadas.

    martes, 3 de enero de 2017

    Ampliación de la duración del permiso de Paternidad

    A partir del 1 de enero de 2017

    Entrada en vigor de la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación a cuatro semanas la duración del permiso de paternidad.

    Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida.

    Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.


    miércoles, 14 de septiembre de 2016

    CCOO gana a la Junta el derecho al permiso proporcional de lactancia en partos múltiples

    Los permisos por lactancia en partos múltiples pasan de ser, en el segundo hijo, de 8 minutos a 1 hora.

    La Federación de Enseñanza de Castilla y León  (FECCOOCyL) junto con la Federación de Servicios de la Ciudadanía (FSC) recurrieron la interpretación de la norma que hacia la Junta de Castilla y León y los Tribunales nos dan la razón tal y como se desprende de la sentencia del TSJ de Castilla y León que ha ganado
    La Orden Edu423/2014 del 21 de  mayo en su artículo 23, Permiso por lactancia de un hijo menor de doce meses,  punto 3 dice: “ Este permiso se incrementará proporcionalmente en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple” y es en este punto donde la Junta de Castilla y León interpretaba que solo le correspondía 8 minutos más de permiso por el segundo hijo.

    martes, 13 de septiembre de 2016

    Permiso parcialmente retribuido. Concesión. Modificación

    RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se modifica la Resolución de 23 de junio de 2016, por la que se resuelve la concesión de permisos parcialmente retribuidos para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, convocados por la Orden EDU/190/2016, de 10 de marzo.

    miércoles, 6 de julio de 2016

    PERMISOS PARCIALMENTE RETRIBUIDOS (AÑO SABÁTICO). CONCESIÓN

    RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se resuelve la concesión de permisos parcialmente retribuidos para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, convocados por la Orden EDU/190/2016, de 10 de marzo.

    martes, 21 de junio de 2016

    CCOO GANA EL DERECHO A DISFRUTAR DÍAS “MOSCOSOS” PARA LOS DOCENTES

    CCOO GANA EL DERECHO A DISFRUTAR DÍAS “MOSCOSOS” PARA LOS DOCENTES

    La Federación de Enseñanza de CCOO de CyL, ha ganado una sentencia pionera en España por la cual a los funcionarios docentes se les iguala al resto del personal funcionario en lo que a disfrute por asuntos particulares, “moscosos”, se refiere. En aras de un trato equitativo al resto de los funcionarios y la compensación por la pérdida de otros derechos, la Federación de Enseñanza de CCOO insta a la Administración a  respetar esta sentencia y a trasladar este tema a mesa sectorial para negociar su desarrollo.

    Durante los meses de octubre y noviembre de 2013 en el seno de la mesa sectorial de educación se negoció la adaptación de la regulación de las vacaciones, los permisos y las licencias del Decreto 59/2013  para el personal funcionario docente, que se materializó en la ORDEN EDU/423/2014  de 21 de mayo. Durante el transcurso de la negociación CCOO hizo hincapié de forma reiterada en el derecho de los docentes a disfrutar asuntos particulares al igual que los disfrutan el resto de los funcionarios de nuestra comunidad. El Estatuto Básico del Empleado Público impone que los permisos que se contemplan en su artículo 48 sean disfrutados por todos los funcionarios sin excepción. Por otro lado el Decreto 59/2013 artículo 39 f) dice que por cada año natural completo de servicio activo, con subordinación a las necesidades del servicio y previa autorización, se concederán días hábiles de permiso por asuntos particulares, sin excluir a ningún funcionario.

    Además, con la concesión de los denominados días “moscosos”, los docentes podrían compensar la pérdida de derechos como la asistencia al funeral un familiar de tercer grado, tener derecho a acompañar a una hija en caso de parto o la posibilidad gestionar importantes temas personales, por poner algún ejemplo.

    Durante el transcurso de la negociación la Consejería de Educación no aceptó estas y otras muchas alegaciones que presentamos, por lo que la Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla y León se vio obligada a interponer un Contencioso Administrativo.

    Casi dos años después, la Sala de lo Contencioso da la razón a CCOO dando por válidos los argumentos expuestos por esta organización sindical durante la negociación. Desde CCOO pedimos a la Consejería que no vuelva a caer en el mismo error recurriendo y alargado los plazos y convoque a las organizaciones sindicales al desarrollo del punto asuntos particulares en el seno de la mesa sectorial.

    viernes, 18 de marzo de 2016

    PERMISOS PARCIALMENTE RETRIBUIDOS (AÑO SABÁTICO). CONVOCATORIA



    ORDEN EDU/190/2016, de 10 de marzo, por la que se convocan, para el curso escolar 2016/2017, permisos parcialmente retribuidos para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, y se delega la competencia para su resolución, así como para la revocación y aceptación de la renuncia, a los permisos concedidos.