La RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2015,
de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación,
regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados y nombrados
funcionarios en prácticas derivados de los procedimientos selectivos de ingreso
y acceso convocados por Resolución de 7 de abril de 2015, de la Viceconsejería
de Función Pública y Modernización.
Con carácter
general, para aquellos docentes que se hayan incorporado el 1 de septiembre de
2015 y hubiesen prestado servicios efectivos durante un período de seis meses,
las prácticas se considerarán concluidas el 1 de marzo de 2016, sin perjuicio
de que sigan atendiendo a sus actividades docentes, hasta su nombramiento como
funcionarios de carrera.
Se
constituirán en cada Dirección Provincial de Educación, entre sus funciones les
corresponde, organizar las actividades de formación e inserción de la fase de
prácticas, nombrar a los profesores tutores y evaluar a los funcionarios en
prácticas al término del proceso.
Las
comisiones dispondrán de un plazo de veinte días a partir del 1 de marzo de
2016 para redactar el acta final.
Nombramiento y funciones del tutor.
Cada
aspirante será tutelado por un profesor experimentado. Las funciones del
profesor tutor consistirán en asesorar e informar a los funcionarios en
prácticas sobre el proyecto educativo del centro, la organización y
funcionamiento del centro y de sus órganos de gobierno, de participación y de
coordinación didáctica y la programación didáctica. Al final del período de
prácticas, el profesor tutor emitirá un informe.
Actividades de inserción y formación.
1. Las
actividades de inserción en el centro consistirán en el desarrollo de
actividades tuteladas por el profesor tutor con relación a la programación de
aula y la evaluación de los alumnos, así como en la información y asesoramiento
sobre el funcionamiento de los órganos de gobierno, participación y coordinación
del centro, con especial atención a la tutoría de los alumnos.
2. Las
actividades de formación que deberán realizar los aspirantes serán programadas
por la comisión calificadora. Versarán sobre aspectos de didáctica del área y
materias de la especialidad del aspirante, y sobre temas de contenido educativo
general.
Evaluación
de los funcionarios en prácticas.
La
evaluación de los funcionarios en prácticas será efectuada por la comisión
calificadora a partir de los informes emitidos por el profesor tutor, el
director, en su caso, el inspector responsable del centro, los responsables de
las actividades de formación, y la memoria del funcionario en prácticas.
Los
funcionarios en prácticas elaborarán una memoria final, en la que harán una
valoración de su período de prácticas de acuerdo con los siguientes
indicadores:
a) Proceso
de enseñanza aprendizaje (planificación, desarrollo de la actividad docente y
evaluación).
b)
Participación en los órganos colegiados y de coordinación docente y en las
actividades del centro.
c)
Orientación y tutoría (alumnos, padres y coordinación).
d)
Valoración personal del período de prácticas (dificultades encontradas y
medidas adoptadas,... etc.).
El plazo
para la entrega de la mencionada memoria será de diez días naturales contados a
partir del siguiente al de la finalización de las prácticas, y será entregada
directamente a la dirección del centro, quien lo remitirá, junto con los
informes del tutor y director, a la comisión calificadora.
La
evaluación de los funcionarios en prácticas se expresará en términos de «apto»
o «no apto».
